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miércoles, 8 de mayo de 2019

¿Sabes cuál es la diferencia entre una DIRECTIVA EUROPEA y un REGLAMENTO EUROPEO?


Las Directivas se publican en el diario oficial de la UE y luego cada estado miembro debe trasponerlo a su legislación. Existe un plazo máximo para esta trasposición y si se incumple se producen sanciones económicas.

En cambio, los Reglamentos desde el mismo momento de su publicación en el diario oficial de la UE son de obligado cumplimiento para todos los estados miembros.

Por otro lado...

¿Qué es más rígido legislativamente, una Directiva europea o un Reglamento europeo?

Las directivas siempre marcan mínimos que luego cada país debe adaptar e incluso puede ser más riguroso y exigente. En cambio, los reglamentos no se pueden modificar por parte de ningún estado, deben cumplirse según lo indicado en ellos.

domingo, 28 de abril de 2019

Jerarquía de las operaciones matemáticas

El orden en el que debemos abordar la resolución de problemas matemáticos es:

1. Primero deberán calcularse los paréntesis desde el más pequeño al más grande.
2. Seguidamente las potencias.
3. Luego los productos y las divisiones desde la izquierda hacia la derecha de la expresión.
4. Por último, calcularemos las sumas y las restas desde la izquierda hacia la derecha.
Es importante que se entiendan y apliquen estas reglas pues de lo contrario el resultado de un problema puede ser muy diferente a la solución correcta

miércoles, 3 de abril de 2019

Instalaciones de suministro de agua y simbología


Cualquier esquema general de una instalación de agua es de una de estas dos maneras:

1. Red con contador general único



2. Red con contadores divisionarios o batería de contadores



Pero...

Para entender claramente este tipo de esquemas necesitas conocer antes la SIMBOLOGÍA utilizada en este tipo de esquemas:
Para saber más:


Cálculo de instalaciones de suministro de agua en los edificios


viernes, 18 de noviembre de 2016

Potencia térmica y rendimiento

IMAR0108
En este libro hemos encontrado unas nociones básicas de refrigeración para aclarar conceptos como potencia térmica y rendimiento, todo relacionado con la EFICIENCIA ENERGÉTICA.
Potencia térmica (calorífica y frigorífica)

La rapidez con que el calor pasa de cuerpos calientes a fríos se llama velocidad de transferencia de calor, y se define como el calor por unidad de tiempo.
Las unidades de potencia térmica son calor por unidad de tiempo kJ/s (kW). También se utiliza la kilocaloría/hora (kcal/h) o frigoría.
La frigoría no es una unidad reconocida, sino un término que sustituye a la kcal/h para dar a entender que se está trabajando con sistemas donde se pretende reducir la temperatura:
1 kW = 1.000 W = 860 kcal/h
Ejemplo
Un compresor frigorífico tiene una capacidad de 25 kW.
Si queremos averiguar la capacidad de dicho compresor en unidades de kcal/h tenemos que:
Si 1 kW es igual a 860 kcal/h

(25 kW)·(860 kcal/h/kW) = 21.500 kcal/h

Rendimiento o eficiencia energética
Las máquinas no pueden transformar íntegramente la energía que reciben en trabajo útil, ya que una parte de la energía es absorbida por la misma máquina durante el proceso de transformación.
Por tanto, hay que distinguir entre potencia consumida y potencia útil, que siempre es algo menor.
El rendimiento indica la relación entre la potencia útil y la potencia consumida, es decir entre la producción y el consumo.
rendimiento = producción / consumo = potencia útil/potencia consumida

La diferencia (potencia perdida) entre la potencia útil y la potencia consumida es normalmente disipada en forma de energía térmica (calor):
Pu = Pc – Pp

Ejemplo
Vamos a calcular la potencia consumida de un motor que suministra una potencia de 5 CV (3.680 W) con un rendimiento del 75%.

Si  h = Pu / Pc  tendremos que Pc= Pu/ h
Pc=3680/0,75 = 4906,67 W
Si quisiéramos saber la energía consumida durante por ejemplo 8 horas tendríamos:
Ec=Pc · t = 4906,67 W · 8 h = 39261 Wh = 39,26 kWh

Para saber más... IMAR0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas 

viernes, 21 de octubre de 2016

Mise en place

Ser un buen profesional de la hostelería también requiere tener presentes varios conceptos...

¿SABÍAS QUE…es en restauración el concepto MISE EN PLACE?

Es una expresión francesa que comprende el conjunto de operaciones que se realizan en un restaurante antes de que llegue el cliente para obtener una buena puesta a punto y preparación del servicio. 
¿? Pero en concreto ¿de qué operaciones estamos hablando?
  • Limpieza del local y mobiliario.
  • Repaso de material: cristalería, cubertería, loza, complementos, carros, otros aparatos.
  • Montaje de mesas: a la carta, menú concertado.
  • Montaje de aparadores.
  • Colocación de elementos decorativos.
  • Preparación de cartas y coordinación con cocina: recomendaciones, composición de los platos, elaboración de los platos.
  • Distribución del trabajo.
  • Peticiones de suministro:  bodega, lencería, cocina.
Todo esto y más en el certificado de profesionalidad HOTR0208 Operaciones básicas de restaurante y bar

 HOTR0208 Operaciones básicas de restaurante y bar

miércoles, 19 de octubre de 2016

Nueva Ley de procedimiento administrativo

SABÍAS QUE...

El día 2 de octubre del presente año, entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que fue publicada el 2 de octubre del 2015, y que sustituye a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Algunas de las novedades más destacables son:

1. Incorpora el uso de los medios electrónicos en todas las fases del procedimiento administrativo estableciendo la regulación del uso de estos medios en las relaciones que tengan los ciudadanos con las administraciones públicas y en las relaciones entre administraciones (regulando la identificación y firma electrónica, el registro de apoderamientos, el registro y archivo electrónico de las administraciones, el expediente electrónico y las notificaciones electrónicas, entre otros). 
NOTA: Hay que destacar que determinadas previsiones relacionadas con la implantación de estos medios electrónicos no entrarán en vigor hasta el 2 de octubre del año 2018.

2. En el cómputo de plazos, introduce como novedad el cómputo por horas y los sábados como días inhábiles.

3. También hay novedades respecto a la práctica de la notificación en papel y el doble intento, en materia de silencio administrativo, en los supuestos de invalidez de los actos administrativos o en la ejecutividad de las resoluciones sancionadoras, aplicando reducciones por pronto pago o por asunciones de responsabilidad.

Todos estos aspectos y más puedes encontrar en:

 MF0988 Gestión de documentación jurídica y empresarial