lunes, 4 de abril de 2022

IMAR 0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas

IMAR0108

MF0114 Montaje de instalaciones frigoríficas

UF0413 Organización del montaje de instalaciones frigoríficas

¿Qué debes saber?

1 Documentación técnica en el montaje de instalaciones frigorífica. La utilización de planos, esquemas, catálogos, normas en el montaje de las instalaciones hace necesario saber interpretarlos de forma adecuada.

2 Termodinámica, mecánica de fluidos y transmisión de calor en instalaciones de refrigeración. Para poder realizar el montaje de instalaciones frigoríficas, es necesario previamente entender unos conceptos básicos, las magnitudes físicas, las propiedades de los fluidos y los ciclos frigoríficos.

3 Clasificación de instalaciones frigoríficas. Debemos conocer cuáles son los diferentes tipos de instalaciones frigoríficas existentes y sus características, por ejemplo cámaras de conservación y de congelación, túneles de congelación…

4 Componentes principales de las instalaciones de refrigeración. Se explica el funcionamiento de todos los equipos y elementos de la instalación frigorífica y el cálculo de los mismos: compresores, condensadores, evaporadores, dispositivos de expansión y elementos complementarios.

5 Configuración y cálculo de instalaciones frigoríficas. Configuración de la instalación a partir de los cálculos y condicionantes de cada uno de los elementos: cálculo de cargas térmicas y de necesidades de frío, cálculo de las potencias frigoríficas, cilindrada del compresor, diámetro de tuberías y pérdidas de carga…

6 Organización y ejecución del montaje de máquinas y equipos de refrigeración. Para realizar el montaje de las instalaciones de refrigeración es importante tener una correcta organización y un buen conocimiento sobre las herramientas y materiales a utilizar, saber seleccionar y manejar el material, las herramientas, los instrumentos, los útiles y los equipos auxiliares necesarios para la realización del montaje. Hay que saber replantear la instalación, también cuáles son sus fases y puntos clave a la hora del montaje y saber aislar de vibraciones.

7 Tuberías y redes de tuberías. Se ven los elementos de fijación que son convenientes para las tuberías de refrigeración y el modo de realizar sus uniones.

8 Montaje de instalaciones eléctricas y equipos programables. Nos vamos a centrar en la parte eléctrica y programable de una instalación frigorífica, en todo lo referente a su montaje.

 

UF0414 Puesta en marcha y regulación de instalaciones frigoríficas

¿Qué debes saber?

1 Fluidos refrigerantes. Es importantísimo conocer el comportamiento de los diferentes tipos de fluidos refrigerantes para la posterior puesta en marcha de las instalaciones frigoríficas.

2 Aceites lubricantes. Es necesario saber la función y todo lo referente a aceites lubricantes, con el fi n de poder poner en marcha correctamente las instalaciones frigoríficas.

3 Puesta en marcha de instalaciones frigoríficas conforme a normativa y documentación técnica. Manejo de refrigerantes

4 Disfunciones en la puesta en marcha de las instalaciones frigoríficas. Los diferentes tipos de anomalías que nos podemos encontrar, cómo localizarlas y solucionarlas.

5 Mediciones reglamentarias en la puesta en marcha. Trataremos de situar todas las mediciones necesarias para la puesta en marcha de una instalación frigorífica.

6 Programación y regulación de automatismos en instalaciones de refrigeración. Conoceremos los sistemas de control, sus acciones de regulación, señales, componentes, etc. necesarios para programar y regular los equipos frigoríficos.

7 Ajuste y puesta en servicio de instalaciones frigoríficas. Última operación a realizar.

MF0115 Mantenimiento de instalaciones frigoríficas

UF0416 Mantenimiento preventivo de instalaciones frigoríficas

¿Qué debes saber?

1 Interpretación de documentación técnica en el mantenimiento de instalaciones frigoríficas. El uso de catálogos, esquemas, normativa en el mantenimiento de instalaciones frigoríficas hace necesario saber analizarlos de un modo correcto.

2 Principios de refrigeración. Para poder realizar correctamente el mantenimiento de cualquier instalación frigorífica, es necesario entender algunos de los conceptos básicos de la refrigeración.

3 Fluidos refrigerantes. Es importantísimo conocer el comportamiento de los diferentes tipos de fluidos refrigerantes para la posterior puesta en marcha de las instalaciones frigoríficas.

4 Componentes fundamentales de los sistemas frigoríficos. Funcionamiento de los equipos y elementos de los sistemas frigoríficos, ya que es necesario para realizar el mantenimiento correctamente.

5 Elementos auxiliares de los sistemas frigoríficos. Descripción de los componentes auxiliares que conforman una instalación frigorífica, cuyo conocimiento ayudará a un mantenimiento más completo.

6 Organización del mantenimiento. Es importante tener una correcta organización y un buen conocimiento sobre las herramientas adecuadas y su utilización.

7 Técnicas de mantenimiento preventivo sobre las máquinas, equipos, elementos auxiliares y accesorios de las instalaciones frigoríficas. Pruebas y operaciones necesarias para el proceso de mantenimiento.

UF0417 Mantenimiento correctivo de instalaciones frigoríficas

¿Qué debes saber?

1 Análisis de la documentación técnica en el mantenimiento correctivo de instalaciones frigoríficas. Saber los documentos y manuales que son necesarios para el mantenimiento correctivo y poderlos interpretar y utilizar de un modo efectivo.

2 Técnicas de diagnóstico y localización de averías en máquinas y elementos de los sistemas frigoríficos. Modo de proceder para la localización de una avería, intentando averiguar sus causas para poder realizar una mejor reparación posterior en los elementos específicos de los sistemas de refrigeración.

3 Técnicas de diagnóstico y localización de averías en instalaciones frigoríficas. Modo de proceder para la localización de una avería, intentando averiguar sus causas y poder realizar posteriormente una mejor reparación de cualquier parte que componga una instalación frigorífica.

4 Procesos de desgaste y rotura de pieza. Tipos de desgastes y roturas, sus causas y cómo establecer un diagnóstico correcto que nos ayudará a una posterior reparación más efectiva.

5 Técnicas de intervención. La planificación es necesaria para que la intervención se desarrolle del modo correcto y efectivo.

6 Herramientas para el montaje/desmontaje de los conjuntos y mecanismos de una instalación frigorífica. Para poder montar y desmontar los aparatos, máquinas, mecanismos, etc. de estas instalaciones es importante conocer cuáles son las herramientas adecuadas y su utilización.

7 Técnicas de limpieza, carga y recuperación de fluidos frigorígenos y lubricantes en instalaciones frigoríficas conforme a normativa y reglamentación vigente. Conocer la importancia que tiene una correcta limpieza y carga de las instalaciones; además de las ventajas que presenta la recuperación adecuada de los productos.

8 Sustitución, reparación, modificación o reconfiguración del elemento o programa causante de la avería. Pasos y secuenciación necesarios para montar y desmontar el elemento averiado de la instalación.

9 Puesta en servicio de máquinas/instalaciones frigoríficas posteriores a la reparación. Una vez corregidas las averías que se hayan presentado, también se debe seguir un procedimiento de puesta en marcha de la maquinaria y/o instalación frigorífica.

 

UF0415 Prevención de riesgos y gestiónmedioambiental en instalaciones frigoríficas

 

¿Qué debes saber?

1 Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. Para afrontar correctamente una buena prevención de riesgos y una óptima gestión medioambiental, se necesitan conocer algunos términos y normativa general de salud y seguridad.

2 Riesgos generales y su prevención. Todos los trabajos comportan una serie de riesgos. Aquí trataremos los existentes en herramientas, instalaciones, cargas, etc. Además de la protección individual y colectiva más importante.

3 Actuación en emergencias y evacuación. Trataremos el modo de proceder cuando estemos delante de un accidente, el protocolo de emergencias y las pautas para unos primeros auxilios.

4 Prevención laboral y medioambiental en instalaciones frigoríficas. Trataremos el modo de proceder cuando estemos delante de un accidente, el protocolo de emergencias y las pautas para unos primeros auxilios.

 

jueves, 3 de marzo de 2022

Definiciones relacionadas con las instalaciones de enlace


1
 Para poder realizar un montaje y un mantenimiento adecuado y correcto de una instalación de enlace debemos saber identificar las partes y elementos que la configuran, junto a sus características y la normativa que la rige.

2 

Para poder desarrollar correctamente una instalación de enlace, es necesario conocer la simbología, reglamentación y normalización que la rige.

3

En el montaje de instalaciones eléctricas se requiere la realización de pruebas y medidas reglamentarias de sus parámetros.

4

Cualquier instalación lleva una elaboración de documentación técnica, donde debe tenerse en cuenta la reglamentación vigente para la realización de cálculos.

5

Dado que en los edificios de nueva construcción deberá incluirse una instalación para la recarga de vehículos eléctricos, es importante que es te tema este recogido en los temarios.

Más en... 



 

miércoles, 8 de mayo de 2019

¿Sabes cuál es la diferencia entre una DIRECTIVA EUROPEA y un REGLAMENTO EUROPEO?


Las Directivas se publican en el diario oficial de la UE y luego cada estado miembro debe trasponerlo a su legislación. Existe un plazo máximo para esta trasposición y si se incumple se producen sanciones económicas.

En cambio, los Reglamentos desde el mismo momento de su publicación en el diario oficial de la UE son de obligado cumplimiento para todos los estados miembros.

Por otro lado...

¿Qué es más rígido legislativamente, una Directiva europea o un Reglamento europeo?

Las directivas siempre marcan mínimos que luego cada país debe adaptar e incluso puede ser más riguroso y exigente. En cambio, los reglamentos no se pueden modificar por parte de ningún estado, deben cumplirse según lo indicado en ellos.

lunes, 6 de mayo de 2019

INSPECCIÓN PERIÓDICA INSTALACIONES DE GAS. Decreto 18/2019 Comunidad de Madrid


El pasado día 8 de abril de 2019 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el DECRETO 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla el procedimiento para llevar a cabo la Inspección Periódica de Instalaciones Receptoras de Gases Combustibles y se establecen las tarifas máximas a cobrar por las empresas distribuidoras

Editorial Cano PinaA continuación, reproducimos un pequeño resumen del decreto según nuestro criterio indicando los aspectos más relevantes del mismo:

Artículo 2. Ámbito de aplicación
Este decreto es de aplicación a las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos alimentados desde redes de distribución en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4. Alcance de las inspecciones
El decreto se refiere a las Inspecciones de las instalaciones de gas alimentadas desde redes de distribución de presión igual o inferior a 5 bar para instalaciones de hasta 70 kW, ubicadas en edificios de uso:
  • residencial público
  • docente
  • hospitalario
  • pública concurrencia
  • comercial

La inspección periódica incluirá, de acuerdo con el procedimiento descrito en las normas UNE 60670-12 y 13:
  • La verificación de la combustión higiénica y la correcta evacuación de los PdC de los aparatos de potencia nominal igual o inferior a 70 kW, independientemente de la potencia total instalada.
  • La verificación de la presencia de CO en el local donde se ubique los aparatos
En la inspección periódica se identificarán los aparatos conectados a la instalación a través de la información visible y accesible (placa de características) y el nombre comercial, debiendo identificarse si el aparato es de tipo A, B o C según la UNE-CEN/TR1749 IN y si fuese posible la marca, modelo y potencia nominal.

Artículo 3. Definiciones    
Se incluyen las siguientes definiciones respecto a las que aparecen en la UNE 60670-2:

Distribuidor: cuando no se aclare expresamente, se considerará que incluye a distribuidores de gas natural y a comercializadores al por menor de GLP a granel por canalización.

Compañía comercializadora: sociedades mercantiles que, accediendo a las instalaciones de terceros, adquieren el gas natural para su venta a terceros.

Inspección periódica: inspección que la empresa instaladora de gas habilitada elegida por el usuario o la empresa distribuidora realiza sobre las instalaciones receptoras suministradas desde redes de distribución por canalización.

Usuario: usufructuario de la instalación, titular del contrato de suministro de gas o, en su defecto, el titular de la instalación.

Artículo 5. Periodicidad de las actuaciones y comunicación
Cada 5 años, desde la puesta en servicio o de la última inspección con resultado favorable.  Dentro del año natural del vencimiento de la inspección los distribuidores comunicarán al titular o usuario la obligación de realizar la inspección, pudiendo este elegir entre el distribuidor que le comunicó a una empresa habilitada con la categoría adecuada al tipo de instalación.
La comunicación se debe realizar con una antelación mínima de 3 meses y se efectuará por alguno de los siguientes medios:
  • Escrito por correo ordinario al domicilio del titular o usuario
  • Correo electrónico
  • Otros medios telemáticos
El distribuidor guardará el registro con todos los datos (fecha del envío, dirección, destinatario, correo electrónico u otro medio de comunicación empleado).

Artículo 6. Actuaciones previas a la inspección por parte del distribuidor, cuando el titular o usuario no ha optado realizarla por una empresa instaladora
Superada la fecha límite en más de 45 días naturales desde la fecha del envío, al no recibir el certificado de inspección o informe de anomalías, la instalación será inspeccionada por el distribuidor, rechazando éste los certificados de inspección que se reciban con posterioridad.

El distribuidor avisará con 5 días hábiles de antelación mínima, del día y franja horaria en la que efectuará la inspección, con un intervalo de 3 horas. Incluirá un teléfono gratuito, por el cual el cliente podrá concretar la hora o solicitar un cambio, pero será potestativo de la distribuidora de aceptar la solicitud.

Si se hubiera modificado la semana de inspección comunicada por escrito, el distribuidor deberá avisar con una antelación mínima de 20 días naturales la semana que realizará la inspección.

En los edificios de viviendas en bloque, se comunicará la fecha con un cartel visible y situado en la zona frecuentada por los usuarios, con una antelación mínima de 5 días hábiles.

Si no fuese posible efectuar la inspección por ausencia del usuario, el distribuidor comunicará la fecha y hora con un margen de 3 horas de una segunda visita. Se informará del procedimiento en caso de no poder realizarse la inspección. El incremento de tarifa podría ser del 100/100 y con los trámites oportunos se procedería al corte de suministro.

Si no se puede hacer entrega personalmente de la comunicación por ausencia se dejará en el buzón de correos.

La compañía suministradora guardará constancia electrónica de la geolocalización del agente que trató de realizar la segunda visita de inspección durante un período mínimo de 1 año.

Artículo 7. Certificación de la inspección
Tras la inspección se entregará al usuario o titular un certificado favorable o un informe de anomalías según la ITC-ICG07 en el que se incluirá un apartado: “OTROS DATOS” que incluirá la identificación de todos los aparatos conectados a la instalación receptora (tipo de aparato y en caso de ser posible, marca modelo, y potencia nominal útil en kW).

En caso de anomalías, se hará constar los plazos máximos para su corrección según establece las UNE 60670-12 y 13, según corresponda:

a) Anomalías principales (incluidas las fugas): han de subsanarse de manera inmediata. Si se produce la interrupción total o parcial del suministro el plazo máximo de corrección será de 15 días hábiles a contar desde la fecha de realización de la inspección.
b)  Anomalías secundarias:
-  Falta de estanquidad: han de subsanarse en el plazo de 15 días hábiles
-  Resto de anomalías: han de subsanarse en el plazo de 6 meses

Artículo 8. Inspecciones con anomalías e interrupción del suministro
1. El titular o usuario por los medios que estime (instalador o SAT del aparato) subsanará la anomalía dentro del plazo estipulado.

2. En el caso de una anomalía principal que motivó el precintado de la instalación o del aparato, cuando quede subsanada por quien corresponda (instalador o SAT), se procederá al desprecintado  dejando la instalación en funcionamiento sin intervención de la compañía distribuidora.

3. La empresa instaladora o el SAT, que efectuó la reparación de la anomalía principal, lo comunicará a la compañía distribuidora en un plazo máximo de 5 días hábiles.

4. Si transcurrido 1 mes desde el vencimiento de la corrección de anomalías, la compañía distribuidora no ha recibido el informe de subsanación, ésta comunicará al usuario o titular la fecha de interrupción del suministro.
La comunicación se efectuará a la dirección que proporcione la compañía comercializadora a la compañía suministradora  o por cualquier otro medio que permita tener constancia de entrega al interesado o representante.

5. El usuario podrá recurrir la suspensión del suministro al centro directivo competente en materia de Energía, en un plazo máximo de 6 días desde la entrega de la comunicación. En caso de recurrir la suspensión del suministro, deberá remitir copia del recurso a la distribuidora, que no podrá proceder a la suspensión del suministro mientras no haya resolución por parte de la Administración.

Artículo 9. Especialidades en la interrupción de suministro a instalaciones receptoras individuales que no sean inspeccionadas en plazo

Artículo 10. Especialidades de la comunicación de la inspección de instalaciones receptoras comunes
En estos artículos se indica el procedimiento de actuación por parte de la distribuidora respecto a forma de comunicación con los usuarios, plazos para las distintas actuaciones y procedimientos.

Artículo 11. Gastos de inspección física y actualización de las cuantías
Indica las cantidades a percibir por las distribuidoras en concepto de inspección

Artículo 12. Infracciones y sanciones
Las infracciones se sancionarán conforme a lo establecido en la Ley 21/1992 de 16 de julio, de Industria y la Ley 34/1998 de octubre del sector de Hidrocarburos.

Para consultar el documento completo:


domingo, 28 de abril de 2019

Jerarquía de las operaciones matemáticas

El orden en el que debemos abordar la resolución de problemas matemáticos es:

1. Primero deberán calcularse los paréntesis desde el más pequeño al más grande.
2. Seguidamente las potencias.
3. Luego los productos y las divisiones desde la izquierda hacia la derecha de la expresión.
4. Por último, calcularemos las sumas y las restas desde la izquierda hacia la derecha.
Es importante que se entiendan y apliquen estas reglas pues de lo contrario el resultado de un problema puede ser muy diferente a la solución correcta

miércoles, 24 de abril de 2019

Capitalización simple




Ante la necesidad de cobro de intereses sobre la cesión de capitales nos centramos en la forma de calcularlos. Básicamente podemos hablar de dos regímenes de capitalización:


Capitalización simple o interés simple. Cuando los intereses, generados por el capital cedido al final de un periodo, no se le suman para producir más intereses en el siguiente, es decir, el prestatario reintegra dichos intereses al finalizar cada periodo de capitalización, devolviendo al prestamista la cantidad recibida al concluir la operación.
Esta forma de calcular los intereses se aplica normalmente a las operaciones financieras con una duración inferior al año.

Capitalización compuesta o interés compuesto. Cuando los intereses, generados por el capital cedido al final de un periodo, se le suman para producir más intereses en el siguiente, es decir, el prestatario devuelve al prestamista la cantidad recibida más todos los intereses al concluir la vida de la operación. Este régimen de cálculo se aplica fundamentalmente a las operaciones con duración superior al año.


Ejemplo de capitalización simple:


¿Qué intereses producirán 8.200 € invertidos durante 3 años a un interés de 4% anual?

Veamos…

Hablamos de capitalización simple en una operación financiera cuando los intereses generados durante un periodo no se agregan al capital para el cálculo de los intereses en el siguiente periodo de tiempo. Por tanto, como los intereses se calculan siempre sobre el mismo capital su importe no varía a lo largo de la operación financiera.

Capital inicial es el importe invertido al inicio de la operación financiera y lo designamos mediante C0.

n es el tiempo de duración de la operación financiera, que podrá venir expresada en años, semestres, meses, días, etc.

Rédito es el tipo de interés aplicado a la operación financiera expresado en porcentaje, es decir, es el rendimiento obtenido por cada euro invertido en un periodo de tiempo y se designa mediante r. En las fórmulas no trabajaremos con el rédito sino con el tipo de interés en tanto por uno, que lo identificaremos con la letra i: 

i=r/100

I serán los intereses generados durante la operación financiera.

El capital final o montante es el importe obtenido al final de la operación financiera y cuantitativamente es la suma del capital inicial más los intereses generados, será Cn.

Intereses = C0 · n·  i

Resultado:
I = C0 · n·  i = 8.200 · 3 · 0,04 = 984 € de intereses

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miércoles, 10 de abril de 2019

Autoconsumo energía eléctrica


El Consejo de Ministros aprobó el viernes 5 de abril de 2019, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España.

Un resumen muy simple de algunos aspectos destacados de este RD son:
  • Habilita la posibilidad del autoconsumo colectivo (en comunidades de propietarios o polígonos industriales). Hasta ahora solo existía la posibilidad del autoconsumo individual conectado a una red interior.
  • Reduce los trámites administrativos (de especial interés para los pequeños autoconsumidores).
  • Establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida (compensación de excedentes). Hasta ahora, si se quería esta compensación por inyectar en la red, debían realizarse los trámites para constituirse jurídicamente como productor de energía. Ahora, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedente en cada factura. Este mecanismo es válido para instalaciones con una potencia no superior a 100 kW. La compensación económica puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en ese mes.

Energía solar fotovoltaica